La cesión presente o futura de bienes es una manera de estar ligado a la entidad que trasciende en el tiempo.
Personas: Si el donante es sujeto pasivo del IRPF se deducirá el 25% de la donación efectuada.
Empresa: Si el donante es sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades (IS) podrá deducir de la cuota íntegra minorada en deducciones y bonificaciones el 35% de la base de la deducción. Las cantidades correspondientes al período impositivo no deducidas podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos. La base de esta deducción no podrá exceder del 10 % de la base imponible del período impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.
ASPRONA LEON expedirá certificación al donante donde consten los siguientes extremos:
Mención expresa del carácter irrevocable de la donación, sin perjuicio de lo establecido en las normas imperativas civiles que regulan la revocación de donaciones.
Puede hacer su donativo aquí: