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donando

La cesión presente o futura de bienes es una manera de estar ligado a la entidad que trasciende en el tiempo.

Personas: Si el donante es sujeto pasivo del IRPF se deducirá el 25% de la donación efectuada.

Empresa: Si el donante es sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades (IS) podrá deducir de la cuota íntegra minorada en deducciones y bonificaciones el 35% de la base de la deducción. Las cantidades correspondientes al período impositivo no deducidas podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos. La base de esta deducción no podrá exceder del 10 % de la base imponible del período impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.

ASPRONA LEON expedirá certificación al donante donde consten los siguientes extremos:

  • El número de identificación fiscal y los datos de identificación personal del donante y de ASPRONA LEÓN.
  • Mención expresa de que ASPRONA LEÓN se encuentra incluida en las reguladas en el artículo 16 de la Ley 49/2002.
  • Fecha e importe del donativo cuando éste sea dinerario.
  • Documento público u otro documento auténtico que acredite la entrega del bien donado cuando no se trate de donativos en dinero.
  • Declaración de intenciones respecto al destino que ASPRONA LEÓN dará al objeto donado en el cumplimiento de su finalidad específica.

Mención expresa del carácter irrevocable de la donación, sin perjuicio de lo establecido en las normas imperativas civiles que regulan la revocación de donaciones.

 

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